Se aprobó sin cambios la reforma de pensiones. Afores tendrán “tope máximo” en cobro de comisiones
Afores tendrán tope máximo. La reforma de pensiones propuesta por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, que reduce el número de semanas cotizadas para tener derecho a una pensión y amplía la cobertura de beneficios, entre otros temas, fue aprobada.
El documento, plantea la reducción de semanas cotizadas para tener derecho a la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez; aumenta las aportaciones patronales para el retiro; y amplía la cobertura de beneficios, entre otros detalles.
“Se proponen diversas acciones que permitan recuperar la esencia de un sistema de pensiones consistentes en disminuir el umbral de semanas de cotización, aumentar las aportaciones para el retiro, ampliar la cobertura de los beneficios y mejorarlos, a través de tres cambios fundamentales”, señala la iniciativa de López Obrador en su exposición de motivos.
Primero, la administración propone modificar los artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social, para que el número de semanas de cotización que se requieren para gozar de las prestaciones de los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez pasen de 1,250 a 1,000 en total.
En segundo lugar, se propuso incrementar a partir de 2023 la aportación total de la cuenta individual de los trabajadores de 6.5% más cuota social a 15% incluyendo la cuota social. Estos cambios se incorporarían en el artículo 168 de la ley antes mencionada y se derivan ajustes en los artículos 139, 159, 165 y 218.
“La aportación que realizan los trabajadores se mantiene en sus términos y la aportación patronal se eleva de 5.15% a 13.87%, mientras que la aportación del Estado modifica su composición para beneficiar sólo a los trabajadores de menores ingresos sin incrementar su monto total”, detalla el documento.
En tercer lugar, indica la propuesta, se encuentra el objetivo de aumentar el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores que, cumpliendo con los requisitos para gozar de las prestaciones de cesantía y vejez, no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión mayor a dicho monto.
“Por ello, se plantea reformar el artículo 170 a fin de modificar la forma de determinar el monto de dicha pensión, que actualmente puede ser de hasta 3,289 pesos, para que en lo sucesivo se calcule considerando la semanas de cotización; el promedio del salario base de cotización que el trabajador obtuvo durante su vida laboral; y la edad del trabajador”, precisa la iniciativa aprobada.
De igual forma, se proponen otras acciones “a fin de potenciar la pensión que puede obtener el trabajador con el saldo de su cuenta individual y diversificar los riesgos a los que está expuesto durante el periodo de gozo de la pensión”.
Afores tendrán tope máximo. En los artículos 157 y 164 de la Ley del Seguro Social, se plantea ampliar las opciones a las que pueden acceder los trabajadores para disponer de los recursos de su cuenta individual en el momento de obtener una pensión.
Con la aprobación en lo específico de la adición de un octavo párrafo al artículo 37 de la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro, el documento precisa que las comisiones que cobren las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) “estarán sujetas a un máximo”.
El monto máximo, “resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de los Estados Unidos de América, Colombia y Chile”. “En la medida en que las comisiones en estos países tengan ajuste a la baja serán aplicables las mismas reducciones y, en caso contrario, se mantendrá el promedio que al momento se esté aplicando”.
“En la medida en que las comisiones en estos países tengan ajuste a la baja serán aplicables las mismas reducciones y, en caso contrario, se mantendrá el promedio que al momento se esté aplicando”, añadieron.
En el incremento de las cuotas para la seguridad social el objetivo es compensar durante los primeros años la diferencia entre las aportaciones que reciben los trabajadores en la cuenta individual, conforme al régimen vigente y el incremento en la cuota patronal.
Habrá control de precios en las Administradoras de Fondo para el Retiro. El 9 de diciembre, por la noche en el Senado se aprobó la reforma en materia de pensiones, por votación unánime y previa dispensa de todos los trámites y fue remitida al Ejecutivo para su publicación.
Horas antes, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 336 votos a favor, 123 en contra y tres abstenciones, la iniciativa de reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso a finales de septiembre.
Durante la discusión en el recinto de San Lázaro, se presentaron 41 reservas por el PAN, PRI, PRD y PT; sin embargo, todas fueron rechazadas por los morenistas y sus aliados.
Afores tendrán tope máximo. El artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro fue la manzana de la discordia entre opositores y la mayoríamorenosta que acusaban a las afores de tener comisiones altas que no benefician al trabajador. El bloque opositor dijo que no es recomendable homologar por decreto presidencial las comisiones de las administradoras.
Se aprobó un tope máximo de 0.54% a las comisiones que cobran las afores sobre el saldo del trabajador. Este porcentaje es un promedio de los sistemas de capitalización individual de Chile (0.54%), Colombia (0.62%) y Estados Unidos (0.45 por ciento).
Este punto ha generado tensión entre el gobierno y la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondo para el Retiro (Amafore) porque si bien se ha dado una reducción paulatina a lo largo de los años, en 1997 la comisión promedio fue de 14.95% y al 2020 es de 0.92 por ciento, bajarla 0.54%, generaría un impacto en la industria de las 10 afores con posibles quiebras o fusiones entre las mismas y por lo tanto perjudicarán al trabajador, argumentó.
En su momento la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) recomendó no aprobar un tope máximo en las comisiones que cobran las afores.
Más allá del valor del tope de las comisiones, la reforma generaría inflexibilidad para adaptar la regulación conforme el mercado vaya cambiando. En caso de requerirse un tope distinto se necesitaría una nueva reforma a la ley, expresó el pleno del órgano de competencia.
Por su parte, la reforma de la Ley del Seguro Social contará con el incremento de las cuotas para la seguridad social. Actualmente, la cuota que pagan trabajadores, empleadores y gobierno, corresponde a 6.5% del Salario Base de Cotización (SBC), mientras que con la reforma aumentaría gradualmente a 15% del SBC en un periodo de ocho años, del 2023 al 2030.
También se propone reducir el número de semanas de cotización para tener de 1,250 a 1,000; en este sentido, la reducción de las semanas iniciará con la entrada en vigor de la reforma y paulatinamente bajará hasta llegar a las 1,000 semanas en el 2031. En esta primera etapa, un trabajador que tenga 750 semanas cotizadas podrá tener derecho a una pensión mínima.
Afores tendrán tope máximo. De tal manera y sin cambio alguno la aportación del trabajador se mantendrá en 1.13%; la aportación patronal se elevará gradualmente hasta llegar a 13.87 desde 5.15% en el periodo del 2023 al 2030; y el Estado reorientará su aportación para beneficiar sólo a los trabajadores de menores ingresos.
Otro de los objetivos de la reforma es aumentar a 4,345 pesos el monto de la Pensión Mínima Garantizada (PMG) que otorga el Gobierno a los trabajadores que no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual. Actualmente la PMG es de 3,289 pesos.
En 2018, bancos obtuvieron utilidades por 157 mil 100 mdp: CNBV. Afores costarán menos